La participación en los Comités de Autoprotección de los edificios por parte del Servicio de Mantenimiento será la siguiente:
Seguimiento de las acciones correctoras establecidas por la Dirección General del Espacio Universitario (DGEU), tanto en desarrollo como terminadas.
Inventario de instalaciones de riesgo reconocidas por el Servicio de Mantenimiento.
Inventario de instalaciones de protección y seguridad disponibles en el edificio y operatividad de las mismas.
Aunque el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la US (SEPRUS) es competente en toda materia de tipo preventivo, el responsable del edificio en esta materia que corresponda, entendemos que procederá a remitir a la DGEU la propuesta de acciones correctoras que se deriven de la evaluación del Plan y/o del análisis de los resultados del simulacro de evacuación que se hubiese celebrado. El procedimiento a seguir se iniciará a partir de la recepción en la DGEU del correspondiente Anexo XI.
De las acciones que por parte de la DGEU sean incorporadas en la programación de trabajos a ejecutar en el edificio, cada Servicio competente dependiente de dicha Dirección General podrá dar cuenta de las que le correspondan.
Acuerdo Marco para la ELABORACIÓN, ACTUALIZACIÓN Y REVISIÓN DE PLANES DE AUTOPROTECCIÓN EN EDIFICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA
Enlace a los contenidos sobre los Planes de Autoprotección (PAU) del SEPRUS
04/06/2024