El Servicio de Mantenimiento, en su carta de servicios, refleja como uno de ellos el
Aseguramiento y control del correcto funcionamiento de las instalaciones que representan la infraestructura básica de los Centros y Departamentos.
El Servicio de Mantenimiento no participa en la adquisición ni mantenimiento de termos, ya que como equipamiento propio que gestionan los centros vinculado a la actividad que se realiza en ellos, se encuentran fuera de nuestra cartera de servicios y, por lo tanto, de las funciones que tenemos encomendadas.
Dentro de este contexto, en relación con el correcto funcionamiento de las instalaciones, le facilitaremos a los usuarios que podrán disponer de:
- un
sistema eléctrico necesario para el funcionamiento del equipo.
- una
toma de agua y un desagüe en caso de que sea necesario.
Como cualquier otro equipo de los centros, desde el Servicio de Mantenimiento no podemos actuar sobre los elementos de este equipo, debiendo dirigirse a su proveedor para resolver las incidencias que se detecten en el funcionamiento del mismo.
Las
actuaciones que no podemos realizar desde el Servicio de Mantenimiento, porque son propias del funcionamiento interno del equipo y no se encuentran relacionadas con las funciones que tenemos que realizar sobre las instalaciones básicas de la US, son las siguientes:
-
instalación de nuevos equipos. Debe estar aprobado a través de un Anexo 15.
-
cambio de ubicación de los equipos, dentro del centro, salvo que estén notificados y aprobados a través de un Anexo 15.
-
arreglo de problemas mecánicos, eléctricos o de funcionamiento general, salvo los derivados de la instalación general de la US.
-
sustitución de materiales fungibles que puedan utilizar los equipos como, por ejemplo, pueden ser filtros.
-
no podremos realizar ningún tipo de tratamiento sobre el equipamiento, como puestas a punto, controles de parámetros de uso y desinfecciones a demanda, entre otros. Este tema debe tratarse entre el proveedor del producto y el cliente, debido a la especificidad de esta información.
- no podemos
facilitar datos históricos sobre actuaciones en los equipos, ni facilitamos información para aportar en auditorÃas y/o certificaciones de calidad, sanitarias o medioambientales.
- no podemos
emitir certificados sobre el funcionamiento del equipo porque entendemos que como equipamiento propio del centro, cada usuario debe tener las certificaciones que necesite en función de sus necesidades y del uso que le estén dando al mismo.
- no podemos hacer
ningún tipo de mantenimiento preventivo ni correctivo sobre equipos que no tengan asociada una instalación.
- no podemos hacer
higienizaciones ni seguimiento higiénico de estado del equipo.
Los centros o unidades que instalen este tipo de equipamiento, deben tramitar un ANEXO 15 a la Dirección General del Espacio Universitario (secinfra@us.es) con objeto de que se analice su viabilidad técnica.
Los centros interesados en contratar actuaciones sobre este tipo de equipos, pueden realizarlo a través del acuerdo marco
24/AMSERMANTEDIFICIOS. El resto de unidades administrativas sin presupuesto para capÃtulo II, deberán comunicarlo por escrito a través de mantenimiento@us.es
23/05/2024